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Desechan Magistrados Nueva Constitución

Desechan Magistrados Nueva Constitución
Fernando Franco González Salas

Publicación:27-02-2020
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Revelan que no es necesaria una nueva Constitución; sólo se debe hacer más simple y que permita a las instituciones ser eficaces.

Aunque existe un sueño de algunos estudiosos del derecho de concretar una nueva Constitución para México, los expertos en el tema, como Magistrados Federales, desechan esta posibilidad, ello al considerarla innecesaria.

Es así como revelan que no es necesaria una nueva Constitución; sólo se debe hacer más simple y que permita a las instituciones ser eficaces, afirma el Ministro de la SCJN, Fernando Franco González Salas.

Por lo que acompañado del Magistrado del TEPJF, Felipe de la Mata, del Rector de la Escuela Libre de Derecho, Ricardo A. Silva Díaz y de la integrante de la Junta Directiva, Claudia Aguilar Barroso, el ministro ofrece conferencia magistral y reconoce que la revocación de mandato es un “arma de dos filos”.

El Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), José Fernando Franco González Salas, consideró que a pesar de los cambios que ha sufrido la Constitución a través de los años, no es necesario tener una nueva Carta Magna.

Reconoció que la Constitución, con 103 años de vida, es “obesa”, producto de toda una razón histórica, en una búsqueda continua por dar respuesta “desordenada”, y quizá, apuntó, por dar respuestas más de coyuntura, que de largo o mediano plazo y con altura de miras.

Lo anterior al impartir la conferencia magistral: “Mes de la Constitución”, en la Semana de la Escuela Judicial Electoral (EJE) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la Escuela Libre de Derecho, acompañado del Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, Felipe de la Mata Pizaña, y con la moderación del rector de ese centro educativo, Ricardo A. Silva Díaz y comentarios de la maestra Claudia Aguilar Barroso, integrante de la Junta Directiva de la Escuela.

El ministro reflexionó que se tiene una Constitución distinta a la que nació en 1917, con cosas buenas, regulares y malas, y que desde su punto de vista “regula todo”; al respecto, lo que se tiene que hacer —dijo— es desbrozarla y volver a un concepto más simple de Carta Magna, que permita a las instituciones tener eficacia, que es lo que se necesita en el país.

“Si las policías funcionan, por lógica sí se van a reducir los niveles de criminalidad. Si las procuradurías funcionan, por lógica vamos a tener a aquellos que se lo merecen en la cárcel. Si los jueces de todos los niveles funcionamos, vamos a tener la forma de rectificación de cualquier error, para tener una justicia integral que funcione”, dijo el ministro.

Ante alumnas y alumnos, reconoció que en ese camino de reformas la revocación del mandato es “un arma de dos filos”, pues cuando políticamente se usa indebidamente acaba con la estabilidad, pero cuando se usa con fundamento y racionalidad es un instrumento importante; indicó que recae en las y los jóvenes estudiantes una gran responsabilidad y les ofreció una disculpa porque generaciones anteriores no pudieron hacer todos los cambios que se requerían.

ESTUDIAN MODIFICACIONES

En otro orden de ideas, se lleva a cabo el análisis de la Reforma al Poder Judicial de la Federación, donde el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, presentó una propuesta de reforma al Poder Judicial de la Federación. El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador se comprometió a firmar el documento y presentarlo a título propio ante el Congreso de la Unión, para que se apruebe lo antes posible.

La propuesta prevé otorgar a los organismos constitucionales autónomos de las entidades federativas la facultad de promover controversias constitucionales. Con esto, se logra un avance hacia la realización de una verdadera división de poderes a nivel local, permitiendo que las autoridades locales en materia de transparencia, acceso a la información y defensa de derechos humanos, entre otras, defiendan sus atribuciones ante invasiones de distintas autoridades.

Además, se incluye expresamente en el texto constitucional que, podrán impugnarse las omisiones de una autoridad mediante una controversia constitucional, lo cual permitirá que se obligue a autoridades, a través de esta vía, obligue a cumplir obligaciones.

Mejoramiento de las declaratorias generales de inconstitucionalidad y de nuestro sistema de precedentes.

La SCJN podrá emitir “declaratorias generales de inconstitucionalidad” —a través de las cuales invalide leyes, reglamentos u otras normas generales que violen nuestra Constitución— desde el primer caso que resuelva (y no hasta el quinto), por mayoría de 8 votos, en contra de normas generales. Así, se acelera la expulsión de normas consideradas inconstitucionales de nuestro sistema jurídico.

Además, todas las decisiones tomadas por mayoría de votos en la SCJN, se convertirán en criterios judiciales obligatorios (jurisprudencia) para todos los jueces y magistrados, por lo que ya no se necesitarán 5 decisiones continuas en el mismo sentido para que esto se logre, sino solo una.

Por otro lado, se cambian las “contradicciones de tesis” por las “contradicciones de criterio”, reconociendo que conflicto se da entre los criterios que sostienen diferentes sentencias, independientemente de las tesis (extractos) que se publiquen. Así, los argumentos y las razones plasmadas en cada sentencia serán obligatorios para juzgadores inferiores, lo cual permite el desarrollo de una tradición jurídica que vaya más allá de las fórmulas abstractas que se fijan hoy en día en las tesis y que muchas veces son aplicadas fuera de contexto.

La propuesta prevé otorgar a los organismos constitucionales autónomos de las entidades federativas, la facultad de promover controversias constitucionales. Con esto, se logra un avance hacia la realización de una verdadera división de poderes a nivel local, permitiendo que las autoridades locales en materia de transparencia, acceso a la información y defensa de derechos humanos, entre otras, defiendan sus atribuciones ante invasiones de distintas autoridades.

Además, se incluye expresamente en el texto constitucional que podrán impugnarse las omisiones de una autoridad mediante una controversia constitucional, lo cual permitirá que se obligue a autoridades, a través de esta vía, a cumplir obligaciones.

En el Mejoramiento de las declaratorias generales de inconstitucionalidad y de nuestro sistema de precedentes.

La SCJN podrá emitir “declaratorias generales de inconstitucionalidad” —a través de las cuales invalide leyes, reglamentos u otras normas generales que violen nuestra Constitución— desde el primer caso que resuelva (y no hasta el quinto), por mayoría de 8 votos, en contra de normas generales. Así, se acelera la expulsión de normas consideradas inconstitucionales de nuestro sistema jurídico.

Además, todas las decisiones tomadas por mayoría de votos en la SCJN se convertirán en criterios judiciales obligatorios (jurisprudencia) para todos los jueces y magistrados, por lo que ya no se necesitarán 5 decisiones continuas en el mismo sentido para que esto se logre, sino solo una.

Por otro lado, se cambian las “contradicciones de tesis” por las “contradicciones de criterio”, reconociendo que conflicto se da entre los criterios que sostienen diferentes sentencias, independientemente de las tesis (extractos) que se publiquen. Así, los argumentos y las razones plasmadas en cada sentencia serán obligatorios para juzgadores inferiores, lo cual permite el desarrollo de una tradición jurídica que vaya más allá de las fórmulas abstractas que se fijan hoy en día en las tesis y que muchas veces son aplicadas fuera de contexto.

En cuanto a los Tribunales Colegiados de Apelación, en sustitución de los Tribunales Unitarios de Circuito, se propone cambiar la integración y denominación de los Tribunales Unitarios de Circuito, los cuales se conforman por una sola Magistrada o Magistrado, por la de Tribunales Colegiados de Apelación, los cuales se conformarán por tres juzgadores.

“Esto ayudará a que, al resolver un asunto, sean tres personas quienes analicen el caso, y, a través del diálogo, lleguen a una mejor solución que brinde mayor seguridad y certeza jurídica de que se resolvió conforme a Derecho, logrando una mejor impartición de justicia en asuntos de segunda instancia en juicios federales civiles o penales”.

Los Plenos Regionales en sustitución de los Plenos de Circuito, se eliminan los Plenos de Circuito, que actualmente están conformados por Magistrados adscritos a los Tribunales Colegiados de Circuito y se crean los Plenos Regionales, los cuales estarán conformados por Magistrados adscritos a varios circuitos, con el fin de ampliar la competencia territorial y lograr un solo criterio obligatorio para una misma región.

Y se propone que sean tres los Magistrados que conformen los Plenos Regionales y que duren en sus cargos tres años pudiendo ser designados para un nuevo periodo.

Los Plenos Regionales podrán resolver las contradicciones de criterios que existan entre los Tribunales Colegiados de Circuito adscritos a una región y podrán resolver todos los conflictos competenciales entre órganos jurisdiccionales en nuestro país.

Dicho ello, la propuesta ayudará a unificar criterios, que actualmente pueden ser diferentes en los 32 Circuitos (uno por cada Estado) en los que se divide nuestro país. Al agrupar los circuitos en Plenos Regionales, se logrará unificar más rápido los criterios que emiten los Tribunales Colegiados de Circuito, en caso de que sean contradictorios entre sí.

En cuanto a la Defensoría Pública se agrega la materia de amparo familiar, además de penal y laboral, entre aquellas en las que se asegurarán defensores públicos gratuitos para las personas.

Y es que la Ley Federal de Defensoría Pública propone que, el Consejo pueda determinar otras materias en que se pueda brindar asesoría jurídica o defensoría pública.

“Consideramos que, para asegurar un verdadero acceso a la justicia a todas las personas, sería mejor que se amplíe la defensoría jurídica a otras materias, como civil y administrativa, ya que muchas personas tienen problemas para proteger su patrimonio o para defenderse de las autoridades”.

En Perspectiva de género, acoso sexual y hostigamiento se agregó la paridad de género, como uno de los principios rectores de la carrera judicial. Dicho criterio podrá ser utilizado como regla de desempate entre funcionarias y funcionarios que compitan por un mismo puesto. Además, tenderá a consolidar, de manera progresiva y gradual, una composición igualitaria entre hombres y mujeres en las distintas etapas y procesos que comprende la carrera judicial.

“Se impone a los funcionarios judiciales la obligación de comportarse conforme a la normativa de paridad de género y fomentar espacios laborales libres de violencia y discriminación. Sin embargo, no se establece responsabilidad administrativa o sanción alguna para los funcionarios judiciales que incumplan esta obligación”.

Y se propone agilizar y facilitar las sanciones administrativas por acoso y hostigamiento sexual, al eliminar el requisito de que el acoso “atente contra la dignidad” de la víctima. Ese requisito era revictimizante en muchos casos y contrario a los parámetros de procedimientos con perspectiva de género, además de que fomentaba la impunidad de los violentadores.

Y por el Combate al nepotismo la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, prevé expresamente la responsabilidad administrativa de aquellos servidores públicos que cometan actos de nepotismo y nombramientos cruzados. Esto ya se encontraba previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).

Donde las y los aspirantes estarán obligados a declarar todas sus relaciones familiares antes de entrar ser funcionarios en el Poder Judicial de la Federación (PJF), lo cual ayuda a prevenir que suceda esta clase de conductas o que se sancionen más fácilmente en caso de ser descubiertas. Adicionalmente a lo previsto en la LGRA, ahora se propone sancionar la práctica de nombramientos cruzados que es común en los órganos jurisdiccionales del PJF.

 



« Redacción / El Porvenir »
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