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Senado chileno amplía criterios y sanciones de feminicidios


Publicación:30-01-2020
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La iniciativa sanciona la violencia de género contra las mujeres con tipos penales específicos.

Santiago.- El proyecto de ley que amplía los criterios y sanciones sobre feminicidios en Chile fue aprobado por el pleno del Senado y después se turnó a su tercer trámite en la Cámara de Diputados

La iniciativa sanciona la violencia de género contra las mujeres con tipos penales específicos, como el feminicidio por causa de género o el feminicidio íntimo, además de fijar una serie de agravantes que elevan las penas.

La llamada Ley Gabriela, en honor de Gabriela Alcaíno y su madre Carolina Donoso, quienes fueron asesinadas por el novio de la joven, define que quienes cometan estos actos de violencia enfrentarán de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado, es decir, cárcel por entre 15 y 40 años.

En el debate intervino Isabel Plá, titular del Ministerio de Mujer y la Equidad de Género, que agradeció el trabajo legislativo de las comisiones de la mujer y de constitución en la definición de la ley, además de los senadores Felipe Harboe, Adriana Muñoz, Alejandro Guillier, Isabel Allende, Carlos Bianchi, Andrés Allamand, Ximena Órdenes, Ximena Rincón y Yasna Provoste, informó el Senado.

El texto fue aprobado con 26 votos a favor y uno en contra, luego de que los parlamentarios subrayaran la importancia de visibilizar y sancionar con penas altas la violencia contra las mujeres, de la que el feminicidio es la expresión más extrema y dramática, definieron.

En los últimos 10 años, más de 400 mujeres han sido asesinadas por hombres en el país, recordaron los senadores.

“El hombre que mate a una mujer que es o ha sido su cónyuge o conviviente o con quien tiene o ha tenido un hijo en común será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado”, determina el proyecto.

“La misma pena se impondrá al hombre que mate a una mujer por razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia”, añade, una disposición que engloba a las relaciones de noviazgo.

La Ley Gabriela, además, establece el feminicidio por razones de género y describe que ese delito ocurre cuando la muerte de la víctima derive de su rechazo a relacionarse de manera sexual o sentimental con el agresor, o bien cuando la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución o cualquier otra ocupación de carácter sexual.

O bien, añade el proyecto, el feminicidio por razones de género será considerado como tal cuando la agresión mortal se cometa tras haber sometido a la víctima a cualquier forma de violencia sexual o cuando se perpetre por la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.

Además, el proyecto establece como agravantes que la víctima esté embarazada, sea menor de 18 años, tenga alguna discapacidad o cuando sea asesinada en presencia de sus familiares.

“Se aprueba la Ley Gabriela en el Senado y por fin estamos llegando al final de este camino que busca entregarle justicia a las mujeres víctimas de feminicidio”, estimó Camila Vallejo, diputada por el Partido Comunista, tras la votación.

“Infinito agradecimiento a la familia de Gabriela por su fuerza. Mañana está en la tabla de la Cámara (de Diputados) para su despacho final”, añadió la legisladora.



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