Fecha de publicación:31-10-2024
En fecha 21 veintiuno de octubre del 2024 dos mil veinticuatro, dentro del expediente 644/2017, relativo al Juicio ordinario civil sobre divorcio necesario promovido por Rosa María Salazar Martínez contra de Rene Rodríguez Peña, ante éste presencia Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, se señalaron las 10:30 diez horas con treinta minutos del día 28 veintiocho de noviembre de 2024 dos mil veinticuatro, a fin de que tenga verificativo la venta pública del siguiente bien inmueble[...]Fracción 5-A CINCO LETRA A, catastralmente lote número 20 VEINTE, de la manzana número 33 TREINTA Y TRES, del fraccionamiento LAS TORRES, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, el cual tiene una superficie total de 331.91 M2 trescientos treinta y un metros noventa y un decímetros cuadrados y los siguientes rumbos, medidas y colindancias: Del lado 0 al 6, con rumbo SE 54°15'07", mide en L.C. 19.821 M., diecinueve metros ochocientos veintiún milímetros y colinda con Paseo de San Marino; De lado 6 al 5, con rumbo NE 28°15'53", mide 24.786 M., veinticuatro metros setecientos ochenta y seis milímetros y colinda con fracción 5-B, del lado 5 al 4, con rumbo NW 60°33'00", mide 5.512 M., cinco metros quinientos doce milímetros y colinda con parte de la fracción 5-B; del lado 4 al 0, con rumbo SW 60°35'03", mide 26.413 M., veintiséis metros cuatrocientos trece milímetros y colinda conservidumbre, más segmento de curva que mide 5.26M2., cinco metros veintiséis centímetros. Teniendo como mejoras la finca marcada con el número 4047 de la calle Paseo San Marino, del citado fraccionamiento, teniendo un área de construcción de 396.00 M2.[...]El inmueble cuenta con los siguientes datos de registro: inscrito a nombre de las partes bajo el número 402, volumen 264, libro 17, sección propiedad, unidad Monterrey, Nuevo León, de fecha 17 diecisiete de enero del año 2006 dos mil seis. Como quedó establecido en el fallo nueve de 12 doce de marzo de 2021 dos mil veintiuno, a cada una de las partes le corresponde un 50% cincuenta por ciento de los derechos de propiedad del citado inmueble. Convocatoria a postores. Al efecto convóquese a postores, publicándose edictos por dos veces, uno cada 3 tres días, en el boletín judicial, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en el periódico "El Porvenir", de conformidad con los artículos 468 y 469 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. En el entendido de que las publicaciones ordenadas deberán ser agregadas a los autos del presente juicio, un día antes de la fecha de la celebración de la audiencia judicial señalada. Valor de inmueble Ahora bien, en términos de lo establecido por los artículos 532 y 534 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, sirve como cantidad para la venta judicial del inmueble $8'100,000.00 (ocho millones cien mil pesos 00/100 moneda nacional), la cual se desprende del dictamen pericial emitido por Heliodoro Tovalin Castillo. Consecuentemente, desde este momento en que se anuncia la venta judicial del bien inmueble que nos ocupa y durante dicho evento, queda a la vista el avalúo practicado por el perito designado en autos, de conformidad con el artículo 538 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. En la inteligencia de que, las partes deberán asistir debidamente identificadas el día y hora hábil señalados, al local de este juzgado, ubicado en el piso 7 del Edificio Vali-Rent, sito en calle Escobedo, 519 Sur, cruz con Allende en el Centro de Monterrey, Nuevo León. Audiencia a la cual deberán de comparecer los interesados, en forma personal y debidamente identificados, mediante documento oficial con fotografía, al evento programado. Para intervenir en la diligencia de mérito, los postores deberán exhibir previamente mediante certificado de depósito, el 10% diez por ciento del valor del bien inmueble. De conformidad con el artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Al efecto la secretaría de este juzgado les proporcionará mayores informes a los interesados. En el entendido de que el presente auto deberá de notificarse personalmente a las partes cuando menos 8 ocho días de anticipación a la fecha señalada para la venta judicial, sin contar el día en que se practique la referida notificación, ni el día señalado para la audiencia judicial en cita, lo anterior a fin de que hagan uso del derecho del tanto, si así lo quisiere, en términos del artículo 970 del Código Civil del Estado. En la inteligencia de que apegado a la resolución antes referida emitida dentro del presente procedimiento, el producto de la venta se repartirá entre los copropietarios, conforme a la parte alícuota que les corresponde, debiendo seguirse al efecto las reglas establecidas, en su caso, por el numeral 976 del Código Civil del Estado. Todo lo anterior, de conformidad por los artículos 971, 2218, y 2219 del Código Civil del Estado, así como en lo establecido por los artículos 527, 528, 529, 530 y demás correlativos del Título Décimo Capítulo II Segundo relativo a los remates del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Monterrey, Nuevo León a 25veinticinco de octubre del 2024 dos mil veinticuatro. Doy Fe. ELDA PATRICIA PUENTES CANTÚ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR (28 y 31)
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