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    EDICTO

    Fecha de publicación:24-11-2022

    A la ciudadana Julia Osorio Santos. Domicilio: Ignorado. En fecha 15 quince de marzo del 2022 dos mil veintidós se admitió a trámite el expediente judicial número 374/2021, relativo a las diligencias de jurisdicción voluntaria sobre notificación judicial promovidas por el licenciado Cesar Augusto Vigil García, en su carácter de Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia del Estado, respecto de Julia Osorio Santos, para que acuda al Centro de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes "Capullos", del Sistema Para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado (ubicado en la avenida Valparaíso, número 801, colonia Jardines de la Pastora, en Guadalupe, Nuevo León) para efecto de que ejerza las obligaciones propias de la patria potestad de su descendiente, la menor María José Osorio Santos, quien se encuentra en dicha casa de asistencia social bajo el rubro de maltrato "abandono y trato negligente"; apercibida que en caso de no hacerlo así, se le podrá demandar la perdida de los derechos de patria potestad que pudieran ejercer sobre la citada infante, por incurrir en los supuestos del artículo 444 fracción IV del Código Civil vigente en el Estado. También se ordenó que la notificación ordenada se efectúe a través de edictos que se publicarán por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial, en el Periódico "El Porvenir", así como en el Boletín Judicial del Estado; en el entendido, que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10 diez días, contados desde el siguiente al de la última publicación efectuada. Asimismo, prevéngase a Julia Osorio Santos a fin de que señale domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones, mismo que podrá estar ubicado en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le realizarán por medio de instructivo que será colocado en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este juzgado; lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 414 del Código Civil, en relación con los diversos 68, 73, 902, 903 y 913 del Código de Procedimientos Civiles, ambas legislaciones vigentes en la entidad.- Doy fe.- Guadalupe, Nuevo León, a 25 veinticinco de marzo del 2022 dos mil veintidós.- GLORIA MARÍA MAYELA GARCÍA SÁNCHEZ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL (nov 23, 24 y 25)

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