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    EDICTO

    Fecha de publicación:27-02-2020

    Al C. Johana Guadalupe Castro Narváez y Narcizo Carlos Torres López. Con domicilio desconocido. Se hace saber lo siguiente: Que en el Juzgado Primero de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, y mediante auto de fecha 10 diez de mayo de 2019 dos mil diecinueve, se radicó el expediente judicial número 404/2019, relativo al juicio ordinario civil que promueve Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en contra de Johana Guadalupe Castro Narváez y Narcizo Carlos Torres López. Al efecto una vez realizada una revisión minuciosa de las actuaciones que integran el presente asunto, especialmente los informes rendidos por las diversas dependencias que llevaron a cabo la búsqueda y localización de la parte demandada, se advierte que se obtuvieron resultados desfavorables, siendo imposible la localización de su domicilio; y por auto de fecha 13 trece de noviembre de 2019 dos mil diecinueve ordena se practique emplazamiento de ley a Johana Guadalupe Castro Narváez y Narcizo Carlos Torres López por medio edictos, mismo que deberán publicarse 3 tres veces consecutivas, en el Periódico Oficial del Estado en el periódico de mayor circulación (a elección del accionante), siendo estos "El Norte", "El Porvenir" "ABC" o "Milenio", que se editan en esta Ciudad, así como en Boletín Judicial. Lo anterior a efecto de que dentro del término de 9 nueve días produzcan su contestación a la demanda interpuesta en su contra, quedando a disposición en el local de este Juzgado, las copias de traslado respectivas, con fundamento en el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Nuevo León. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos 10 diez días después, contados desde el siguiente a la última publicación. Así mismo, prevéngase a la parte reo por el conducto antes mencionado, a fin de que señale domicilio en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolas de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, para los efectos de oír y recibir notificaciones. Bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de instructivo que se fije en la tabla de avisos de este Juzgado, con apoyo en el dispositivo 68 del ordenamiento procesal civil en consulta. JENARO ABNER LUNA CERVANTES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL (feb 25, 26 y 27)

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