Fecha de publicación:16-06-2021
C. FRANCISCO CONTRERAS GUZMÁN DOMICILIO: IGNORADO En el Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Cuarto Distrito Judicial en el Estado, por auto de techa 14 de octubre de 2020, se admitió a trámite de conformidad con lo dispuesto por los artículos 68, 78, 98, 99, 111 -fracción XII-, 624, 952, 954, 989 fracción -V-, 1107, 1108, 1109, 1110, 1114, 1117 y 1126 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, el expediente judicial número 832/2020, relativo al Juicio Oral Sobre Divorcio Incausado, promovido por Jessica Samantha Martínez Antopia, en contra de Francisco Contreras Guzmán. Ahora bien, dado el desconocimiento del domicilio donde pueda ser emplazado el demandado y con fundamento en el artículo 73 del Código Procesal Civil, mediante proveído dictado el 14 de abril de 2021, se ordenó emplazar al ciudadano Francisco Contreras Guzmán, por medio de edictos que se publicaran por 3 veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 9 días, ocurra ante este tribunal a producir su contestación, debiendo hacer valer las excepciones de su intención si las tuviere, haciéndole saber que quedan a su disposición en el local de este juzgado las copias de la demanda de mérito y documentos acompañados, para que se imponga de ellos. En la inteligencia de que la notificación realizada de ésta forma surtirá sus efectos a los 10 días contados desde el siguiente al de la última publicación.- Igualmente, prevéngase al enjuiciado del presente juicio para efecto de que designe domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los Municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, bajo el apercibimiento en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales subsecuentes, se le practicarán por medio de Instructivo que se fije en la Tabla de Avisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado, lo anterior de conformidad con el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- LICENCIADA KARLA DANIELLA CASTRO SALAS CIUDADANA SECRETARIO ADSCRITA A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL. (jun 16, 17 y 18)
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