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    EDICTO

    Fecha de publicación:06-07-2020

    C. Sandra Ximena López Ruiz DOMICILIO: IGNORADO En el Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Cuarto Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha 11 once de diciembre del 2019 dos mil diecinueve, se admitió a trámite de conformidad con lo dispuesto por los artículos 98, 99, 111 -fracción XII-, 624, 952, 954, 989 fracción -V-, 1107, 1108, 1109, 1110, 1114, 1117 y 1126 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, el expediente judicial número 1265/2019, relativo al Procedimiento Oral sobre Divorcio Incausado, promovido por Guillermo Maclean en contra de Sandra Ximena López Ruiz, ante esta autoridad. Ahora bien, dado el desconocimiento del domicilio donde pueda ser emplazada la demandada y con fundamento en el artículo 73 del Código Procesal Civil, mediante proveído dictado el 13 trece de marzo del año en curso, se ordenó emplazar a la ciudadana Sandra Ximena López Ruiz por medio de edictos que se publicaran por 3 veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Judicial, a fin, dentro del término de 9 días, ocurra ante este tribunal a producir su contestación, debiendo hacer valer las excepciones de su intención si las tuviere, haciéndole saber, quedan a su disposición en el local de este juzgado las copias de la demanda de mérito y documentos acompañados, para que se imponga de ellos. En la inteligencia, la notificación realizada de ésta forma surtirá sus efectos a los 10 días contados desde el siguiente al de la última publicación.- Igualmente, prevéngase a la enjuiciada del presente juicio para efecto, designe domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los Municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, bajo el apercibimiento en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales subsecuentes, se le practicarán por medio de Instructivo que se fije en la Tabla de Avisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado, lo anterior de conformidad con el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL LICENCIADO JOSÉ IGNACIO GALVÁN ESPINOZA (jul 6, 7 y 8)

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