Familia de acogida de tiempo parcial

El acogimiento familiar tiene un impacto positivo para niñas, niños y adolescentes a la hora de restituir el derecho a vivir en familia

    Proteger a la niñez es fundamental en cualquier sociedad, toda vez que es uno de los grupos más vulnerables y el Estado debe garantizar su bienestar físico y emocional, así como su desarrollo integral.

    

    En los últimos años se ha avanzado en transformar nuestro sistema jurídico con diversos mecanismos de protección, donde las autoridades juegan un rol determinante para cuidar a menores en situación de abandono.

    

    La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dispone políticas públicas para cubrir necesidades y prevenir que la población infantil sufra la vulneración de sus derechos. Esto, gracias también a los compromisos suscritos por el Estado Mexicano en diversos instrumentos internacionales.

    

    Uno de los modelos más exitosos de cuidado alternativo, es el modelo de acogimiento familiar, reconocido en la Ley desde 2014, como la manera más efectiva de garantizar el sano desarrollo y el bienestar social de quienes por alguna razón sufren de abandono familiar a temprana edad.

    

    El acogimiento familiar tiene un impacto positivo para niñas, niños y adolescentes a la hora de restituir el derecho a vivir en familia y al integrarlos a un núcleo familiar que se haga cargo de su crianza temporal, hasta que la autoridad competente determine una medida definitiva.

    

    En los siglos XVI y XVII existía en Inglaterra y España una práctica similar al acogimiento familiar, donde niñas y niños que vivían en una casa hogar se integraban a una familia para que los cuidaran y brindaran instrucción para el trabajo y la disciplina. Sin embargo, frecuentemente se incurría en abusos debido a que no había regulación.

    

    Con la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1989, se buscó proteger y garantizar los derechos de quienes experimentan situaciones particularmente adversas, como la separación de su familia de origen. Si bien la principal respuesta de sociedades y gobiernos para atender esta problemática ha sido el acogimiento residencial, existe evidencia de que el acogimiento familiar es una manera más efectiva para brindar cuidado, protección, crianza positiva y bienestar social.

    

    Actualmente, en diversos países se ha logrado identificar que los mejores programas de acogimiento familiar son desarrollados por el Gobierno con apoyo de fundaciones y organizaciones que colaboran en la selección, capacitación y acompañamiento de las familias de acogida y de las niñas y de los niños que participan de esta solución temporal.

    

    Países como Uruguay y Chile, por ejemplo, privilegian los programas de tiempo parcial de acogimiento, lo cual permite que niños y niñas no sean institucionalizadas y garantiza la no discriminación de ningún tipo o condición, así como el poder gozar plenamente del derecho al esparcimiento.

    

    En ese sentido, consideramos que cualquier medida legislativa debe ser mejor que la vigente, para que niñas y niñas que estén dentro de una institución del Estado puedan ser beneficiados con acogimientos temporales en un entorno amigable, seguro, amoroso y que haga posible su sano desarrollo. 

    

    Mediante iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Nuevo León, propusimos la semana pasada que quienes sufran abandono puedan ser asignados a una familia de acogida de tiempo parcial, en las siguientes dos modalidades:

    

    1.- La familia de apadrinamiento, donde sean acogidos niñas, niños y adolescentes que están institucionalizados en una casa hogar y sufren de abandono por parte de los integrantes de su familia.

    

    2.- La familia de respiro, donde puedan acceder niñas, niños y adolescentes que sufren alguna discapacidad o debido a que el tutor o cuidador padece deterioro físico o emocional por estrés laboral.

    

    Con esta iniciativa buscamos que el Sistema Estatal y Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y la Procuraduría de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes, hagan corresponsable a toda la población de Nuevo León del modelo de acogimiento familiar de tiempo parcial, para permitir que una niña o un niño en abandono crezca en un entorno seguro, saludable y vinculado a una familia afectiva, amorosa y con certificado de idoneidad, en una ambiente de amabilidad y comprensión para que tenga más probabilidades de convertirse en una persona responsable y comprometida con su comunidad.