Más de 700 trabajadores del sector público presentaron este jueves la primera demanda de amparo contra las reformas que dieron origen el Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB), impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Se trata de trabajadores que laboran en diversas dependencias del gobierno federal, quienes recurrieron a la protección de la justicia federal al considerar en riesgo sus ahorros por las modificaciones a las leyes del IMSS; Infonavit, Sistema de Ahorro para el Retiro y de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para crear dicho fondo.
Según la defensa de los trabajadores, las reformas en vigor son inconstitucionales porque son retroactivas, además de que vulneran el principio de seguridad jurídica.
"Anunciamos también que en las próxima semanas cientos de trabajadores del INEGI, de la Comisión Nacional Bancaria, de la Guardia Nacional, así como del Instituto Nacional Electoral y varias dependencias federales más procederán a presentar sus demandas de amparo para que sus ahorros no se vean afectados por irse a este llamado fondo del Bienestar", señalaron sus abogados en un video difundido en redes sociales.
Fue el pasado 24 de abril cuando con 70 votos a favor, 43 en contra y dos abstenciones, el Pleno del Senado aprobó, en lo general, el proyecto de decreto por el que se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar.
El proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes del IMSS, Fovissste y del ISSSTE.
Además, se plantea garantizar pensión digna a las y los trabajadores del país.
La propuesta indica que las administradoras de fondos para el retiro y las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública deberán transferir los recursos de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de trabajadores que cumplan 70 años y no hayan ejercido su derecho a recibir los recursos, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Para los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras deberán transferir los recursos al momento en que cumplan 75 años, también sin necesidad de resolución judicial.