Ante la ausencia de una legislación específica en la Ciudad de México sobre la gestación subrogada, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio que permitirá registrar a menores nacidos mediante esta técnica de reproducción asistida, con el objetivo de garantizar su derecho a la identidad y brindar certeza jurídica a las familias involucradas.
Al resolver una contradicción de criterios entre tribunales en materia civil de la capital del país, el pleno del máximo tribunal determinó que la jurisdicción voluntaria es la vía adecuada para que una autoridad judicial ordene la expedición del acta de nacimiento, siempre que exista un acuerdo de gestación sustituta firmado ante notario y que todas las partes involucradas estén de acuerdo, respetando sus derechos humanos.
Por una votación de siete ministros contra dos, la Corte estableció que, ante la falta de regulación, un juez puede intervenir para supervisar el proceso y ordenar el registro del menor en el Registro Civil, con el deber de verificar que no haya existido engaño, coerción, abuso o explotación de la persona gestante. Asimismo, deberá constatar que el consentimiento fue otorgado de manera libre, previa e informada, priorizando en todo momento el interés superior de la niñez.
Durante la discusión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que el criterio responde a una realidad social que ya existe, en la que personas celebran contratos de gestación sustituta ante notario y posteriormente acuden a los tribunales en busca de certeza jurídica para registrar a los menores. En ese contexto, explicó que la jurisdicción voluntaria permite salvaguardar los derechos de todas las partes, en un escenario marcado por la incertidumbre legal y la ausencia de salvaguardas normativas.
Sin embargo, la resolución no estuvo exenta de críticas. La ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra al considerar que la jurisdicción voluntaria no es la vía idónea para estos casos y advirtió sobre los riesgos que implica la gestación subrogada, especialmente en contextos de desigualdad económica, donde podría dar lugar a prácticas de explotación o a un consentimiento condicionado de las mujeres gestantes
Batres sostuvo que, si bien debe garantizarse el derecho a la identidad de niñas y niños nacidos bajo cualquier circunstancia, la adopción representa una alternativa preferente desde el punto de vista constitucional, al tratarse de una figura de interés público que brinda entornos familiares estables y evita trasladar decisiones relacionadas con la niñez a dinámicas de mercado.
Tras la sesión, la SCJN aclaró que este criterio no implica la legalización de la gestación subrogada en la Ciudad de México, sino que fija lineamientos mínimos para atender casos concretos mientras el Congreso local no emita una regulación en la materia.