CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes y ordenó al Congreso del estado derogar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal que castigan con cárcel el aborto.
Al conceder un amparo a Grupo de Información en Reproducción Elegida y otras asociaciones civiles, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, la Primera Sala de la SCJN determinó este miércoles que los mencionados artículos son contrarios a los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación y del derecho humano a la salud.
La decisión abre la puerta para que grupos en favor del aborto busquen mediante amparos sentencias con un impacto similar en otros estados.
En el proyecto de sentencia, González Alcántara refiere que 2015 a junio de este año, se han iniciado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en Aguascalientes.
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