Declara SCJN inconstitucional la cadena perpetua

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró el lunes inconstitucional la prisión vitalicia establecida en el artículo 127 del Código Penal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró el lunes inconstitucional la prisión vitalicia establecida en el artículo 127 del Código Penal de Chihuahua.

La decisión se dio al resolver el caso de Juan Carlos Gámez Bernal, condenado por el homicidio calificado de cuatro personas. Según los ministros, esta pena contradice el derecho a la reinserción social garantizada en el artículo 18 de la Constitución.

El ministro Alfredo Gutiérrez, al presentar el proyecto, afirmó que "la reinserción social, como fin de la pena, no acepta la idea de que el culpable sea considerado irrecuperable".

La ministra Loretta Ortiz agregó que negar la posibilidad de recuperar la libertad afecta gravemente el desarrollo de un proyecto de vida, lo que va en contra del objetivo de reintegración social.

En el caso específico, la Corte no ordenó la libertad del acusado, pero instruyó que las penas se individualicen, aplicando sanciones acumulativas de entre 20 y 50 años por cada homicidio.

La resolución dejó sin efectos la porción del Código Penal que imponía cadena perpetua para tres o más homicidios, aunque únicamente se aplica al caso concreto.