El Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, con 57 votos a favor, un dictamen para endurecer las penas contra el delito de extorsión con 15 agravantes, incluidos los montachoques, la cobranza ilegítima y la amenaza del envío de videos o fotografías con contenido sexual; además, ya se perseguirá por oficio, es decir, sin la necesidad de que haya una denuncia de por medio.
El dictamen estipula que la extorsión dejará de ser un delito patrimonial y ahora será mixto, es decir, contra la vida, la integridad corporal, la dignidad y el acceso a una vida libre de violencia.
Se precisa que el delito se castigará con una pena de 10 a 15 años de prisión, y si se cae en alguna de las 15 agravantes, aumentará al doble, esto es, hasta 30 años de cárcel.
Algunas de estas agravantes son: que el delito se realice por un funcionario o exservidor público; se cometa utilizando como medio comisivo la vía telefónica, el correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónica; se cometa empleando imágenes, mensajes escritos, audios o videos de contenido sexual íntimo, sean reales o editadas.
La pena aumentará cuando la extorsión se realice desde el interior de un centro penitenciario, se cometa contra personas dedicadas al comercio o transporte, y se realice para obtener el cobro de un daño, derivado de un hecho de tránsito.