La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como válido incrementar las penas cuando el delito de robo se comete con violencia y en un transporte público.
Esto luego de revisar una sentencia de amparo promovido por una persona que con el uso de una navaja y palabras altisonantes exigió a los pasajeros de una camioneta de transporte público en el Estado de México que le entregaran sus pertenencias.
Posteriormente la persona fue detenida y sentenciada a 26 años y tres meses de prisión por el delito de robo agravado, al cometerse en un transporte público y con el uso de violencia moral.
La decisión fue modificada en apelación para reducir la pena de prisión.
En su fallo, el Alto Tribunal reiteró que las agravantes del delito no sancionan en dos ocasiones la misma conducta, ni significan un doble procesamiento por el mismo hecho.
Resaltaron que conllevan la aplicación de penas adicionales cuando se presentan determinadas circunstancias que afectan a las víctimas, más allá de su patrimonio y ameritan un mayor reproche social.
El Alto Tribunal indicó que esto se justifica cuando el delito de robo es cometido con violencia moral y en un transporte público, pues de esta forma no sólo se atenta contra el patrimonio de las personas, también se producen afectaciones psicológicas e inseguridad social.
Detallaron que la norma es clara en establecer que la violencia moral ocurre cuando se ocupa cualquier forma de intimidación, como amenazas.