Las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos aprobaron el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derecho al descanso durante la jornada laboral.
El documento establece en el artículo 132 de la citada ley que es obligación de las personas empleadoras proveer suficientes asientos o sillas con respaldo a todas las personas trabajadoras en los sectores de servicio y comercio, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.
Agrega que, en el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que, para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.
En el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo se prohíbe a las personas empleadoras obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral, así como prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
Respecto del artículo 423, se fija que el reglamento interior de trabajo contendrá normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral. La minuta, además, modifica los artículos 422 y 423 para cambiar el término "trabajador" por "persona trabajadora".