Admite ministro cinco acciones inconstitucionales

Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió para su análisis cinco acciones de inconstitucionalidad promovidas por la oposición en contra de la reforma judicial, en vigor desde septiembre pasado.

Sin embargo, el ministro rechazó la suspensión de la norma solicitada por el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano, diputados del Congreso de Zacatecas e integrantes de la Unidad Democrática de Coahuila, toda vez que la "admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma general, a diferencia de lo que sucede en la controversia constitucional".

González Alcántara Carrancá argumentó que las impugnaciones promovidas versan sobre el procedimiento de elección de jueces, la supresión y conformación de nuevos órganos del Poder Judicial y cambios en el número de integrantes de la SCJN, entre otros, que implican modificaciones operativas, de estructura y funcionamiento del Poder Judicial. Por lo que, señaló, "emitir un pronunciamiento en relación con dichos aspectos implicaría resolver cuestiones reservadas al fondo de sendas acciones de inconstitucionalidad siendo que, además, podría entorpecer el proceso electoral en curso, lo cual podría generar mayor afectación social que beneficio, tratándose de una medida cautelar".

En consecuencia, sentenció, "no ha lugar a conceder la suspensión solicitada por los partidos políticos y diputados promoventes".

De esta manera, el ministro se encargará de elaborar un proyecto de sentencia de las impugnaciones presentadas, el cual presentará al pleno de la Corte para su discusión y votación en sesión por definir.

Asimismo, ordenó dar vista a las cámaras de Diputados y Senadores, al Poder Ejecutivo federal y a los poderes Legislativos de las 32 entidades del país para que rindan sus informes justificados sobre las acciones de inconstitucionalidad dentro de seis días naturales.

De igual forma, requirió a la Sala Superior del Tribunal Electoral para que, dentro de 10 días naturales, exprese por escrito su opinión en relación con las impugnaciones.