La denominada “Ley Olimpia” será una realidad en el estado de Nuevo León, luego de que ayer el pleno del Congreso local aprobó reformas la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Con esto, la violencia en materia política se perseguirá de oficio y aquélla en donde se ejerza el uso de Inteligencia o Violencia Artificial (IA), como difusión de desnudos o cualquier fotografía que vulnere a las mujeres, se generará órdenes de protección inmediata y el retiro de lo difundido en redes sociales.
Esta fue impulsada por diversas diputaciones del PRD, MORENA, PRI, MC, entre otras, busca garantizar la integridad de la víctima, para que el Ministerio Público y el Juzgador ordenen, de manera inmediata, las medidas de protección necesarias para las mujeres violentadas.
Los ajustes planeados en materia de IA, precisó Greta Barra, presidenta de la Comisión de Igualdad, corresponden a la denominada Ley Olimpia.
“Se deberá identificar plenamente al proveedor de servicios en línea a cargo de la administración del sistema informático, sitio o plataforma de internet en donde se encuentre alojado el contenido y la localización precisa del contenido en internet”.
“La autoridad que ordene las medidas de protección contempladas en este artículo deberá solicitar el resguardo y conservación lícita e idónea del contenido que se denunció de acuerdo con las características del mismo y deberá proteger los datos personales de las víctimas conforme a lo establecido en las leyes en la materia”, aseguró la legisladora.
Como parte de las medidas dictaminadas en esta ley, las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas deberán dar aviso de forma inmediata al usuario que compartió el contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.
“Dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en este artículo deberá celebrarse la audiencia, en el juez podrá cancelarlas, ratificarlas o modificarlas considerando la información disponible, así como la irreparabilidad del daño”, refirió.
Además, se pedirán vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales, o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación previa satisfacción de los requisitos de Ley.
“Se deberá identificar plenamente al proveedor de servicios en línea a cargo de la administración del sistema informático, sitio o plataforma de internet en donde se encuentre alojado el contenido y la localización precisa del contenido en internet, señalando el localizador uniforme de recursos”.