El Congreso de Nuevo León presentará una queja administrativa ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), por lo que se considera una actuación dolosamente ilegal del Juez Tercero de Distrito en Materia del Trabajo del Primer Distrito Judicial con sede en la Ciudad de México, Gabriel Domínguez Barrios.
Lo anterior, tras la suspensión provisional concedida dentro del expediente de amparo indirecto 3656/2023, relacionado a la designación del Gobernador Interino que habrá de suplir la ausencia de Samuel García, quien estará separado de su cargo durante seis meses para participar en un proceso electoral.
El Poder Legislativo advirtió que la suspensión provisional concedida por el juzgador federal, de la que se tiene conocimiento extraoficial, ya que no se ha notificado por la autoridad competente, pretende limitar las facultades del Congreso en la designación del Gobernador Interino.
Esto a pesar de ser hechos públicos que existen las siguientes resoluciones judiciales de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Cabe destacar, que es especialmente relevante la sentencia definitiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya que es una resolución terminal, es decir, su contenido es definitivo y no puede ser impugnado en otra instancia.
Además, al asumir competencia el TEPJF, máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, y resolver un asunto de fondo, se anula la competencia de un juez de distrito para conocer del tema a través de un juicio de amparo, ya que dicho medio no procede en la materia electoral.
Sin importar lo anterior, el Juez Domínguez Barrios no sólo admitió a trámite el amparo indirecto presentado por Javier Luis Navarro Velasco, sino que además concedió una suspensión en la que expresamente admite tener conocimiento de la sentencia del TEPJF.
Además, pretende darle a ella un mayor alcance en perjuicio de la facultad soberana reconocida al Congreso Local para llevar a cabo la designación del Gobernador Interino.
"Las limitaciones ilegales que el juez de distrito pretendió imponer son esencialmente dos: que la designación se realice a través de una votación unánime de todas las diputaciones integrantes de la legislatura local y que la persona designada se encuentre afiliada al partido Movimiento Ciudadano", destaca.