El Tribunal Electoral Federal solicitó al Congreso Local sancionar al ex gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón por el asunto de las Bronco firmas.
En la resolución se le obliga al Poder Legislativo cumplir con la sentencia SRE-PSC-153/2018 emitida por la Sala Regional Especializada.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le otorgó un plazo de 30 días a los diputados para cumplir con el acuerdo.
Fue el 31 de enero del 2018 cuando el Bronco fue denunciado por las presuntas irregularidades en la recolección de las firmas que el Instituto Nacional Electoral les solicitaba para poder contender como candidato independiente por la presidencia de México.
De acuerdo con la querella interpuesta por los entonces diputados Samuel García, hoy gobernador y Mariela Saldívar.
A pesar de la resolución, el TEPJF señala que el Congreso del Estado de Nuevo León ha sido omiso.
"Ante esta omisión injustificada por parte del Congreso de Nuevo León para cumplir la sentencia del SRE-PSC-153/2018 y al ya no existir algún obstáculo jurídico y/o material, se le vincula para que, a más tardar en 30 días naturales posteriores a que quede firme esta resolución incidental, dé cumplimiento a la sentencia y lo comunique a este órgano jurisdiccional", estableció la Sala.
"Este plazo se considera que es razonable por el tiempo que ha pasado sin que haya un cumplimiento efectivo por parte del órgano legislativo: pues recordemos que, la controversia constitucional 310/2019 se resolvió desde 2020, sin que el órgano legislativo realizará alguna acción efectiva".
"Se resuelve (que) el Congreso del Estado de Nuevo León no ha cumplido la sentencia dictada en el SRE-PSC-153/2018 (y) se vincula al Congreso del Estado de Nuevo León, para que en 30 días naturales cumpla con la sentencia dictada en el SRE-PSC-153/2018", se establece en los resolutivos".
En el veredicto se establece que, de no acatar la orden, se procederá conforme a los establecido en la ley.
"Se apercibe a la presidencia del Congreso de Nuevo León que, en caso, de un nuevo incumplimiento se dictará una medida de apremio, de acuerdo a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral".