En protección de áreas naturales y para evitar incendios forestales, el Gobierno de Nuevo León reactivó su veda de fuego en ecosistemas forestales, lotes baldíos de más de mil metros cuadrados y predios arbolados mayores a 500 metros cuadrados.
A través del Periódico Oficial del Estado se publicó el decreto vigente durante la temporada de incendios y hasta el 30 de septiembre.
El encendido de fogatas a cielo abierto, quemas controladas y actividades recreativas como preparación de alimentos, y el uso de pirotecnia o globos de cantoya, están prohibidos.
También se prohíbe encender y desechar cerillos o cigarros en zonas forestales, así como objetos de vidrio que puedan generar un incendio por efecto lupa.
Humedad relativa menor al 30 por ciento, temperaturas de más de 30 grados centígrados, y vientos mayores a 30 kilómetros por hora, son condiciones propicias para este tipo de siniestros.
Es de destacar que durante el 2025 se registraron 52 incendios forestales, el doble que el año anterior, con una afectación total de 4 mil 066 hectáreas.
El Código Penal establece una sanción de seis meses a 13 años de prisión a quien provoque un incendio y si se trata de una zona forestal la pena y sanción aumenta hasta en una mitad; y multas de 4 mil a más de 150 mil pesos.
Único en el país, el instrumento ha resultado efectivo para reducir la afectación de las áreas naturales.