Ante la facilidad para acceder a la información de usuarios de redes sociales, plataformas digitales y todo tipo de herramientas virtuales, es necesario fortalecer el marco jurídico para impedir el uso arbitrario de datos personales o la injerencia excesiva de grandes corporativos tecnológicos en la vida privada de los internautas.
El senador Ricardo Monreal Ávila, líder de la mayoría parlamentaria, destacó que en México hay alrededor de 83 millones de usuarios que concurren en el entorno virtual a través de plataformas como WhatsApp, Facebook, Messenger, Instagram, Spotify, Uber, entre otras.
Sólo en 2018, dijo, 74.3 millones de mexicanos tuvieron acceso Internet y el número de quienes disponen de celular inteligente o smartphone pasó de 64.7 millones de personas en 2017 a 69.6 millones el siguiente año, lo que incrementado el acceso a la red desde estos dispositivos.
Así, los avances tecnológicos favorecen la circulación de información de manera instantánea, que tiene que ver con datos cada vez más íntimos de los titulares: ubicación, sitios frecuentes, afinidades musicales, políticas o religiosas, elementos multimedia que van desde fotos hasta videos y reconocimiento de voz.
En este contexto, enfatizó, el “derecho al olvido en plataformas digitales” es otro de los temas prioritarios de la agenda legislativa para el siguiente periodo ordinario de sesiones.
El presidente de la Junta de Coordinación Política presentó una iniciativa en este sentido desde el 5 de diciembre de 2019. Con el proyecto, busca asegurar el derecho de los ciudadanos a eliminar todos sus contenidos que se encuentren en medios electrónicos, plataformas digitales, buscadores de internet y demás medios digitales, incluyendo textos, comentarios, interacciones, ubicaciones, contenido multimedia, antecedentes penales y demás información.
La propuesta, que reforma Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se analiza en las comisiones unidas Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Estudios Legislativos, Segunda.
Ahí, define a los datos personales digitalizados como aquellos que se encuentran en medios electrónicos, plataformas digitales, buscadores de internet y demás medios digitales, incluyendo textos, comentarios, interacciones, ubicaciones, contenido multimedia, antecedentes penales cuando la condena haya sido cumplido o el delito hubiere prescrito, y demás información.
También incorpora la figura de “responsable digital”, quien será la persona física o moral de carácter privado que lleva a cabo el tratamiento de datos personales digitalizados a través de dichos medios.
Con la reforma, este responsable digital tendrá la obligación de realizar las operaciones necesarias para cancelar de manera inmediata y definitiva los datos personales digitalizados que hayan sido objeto de la solicitud del titular, así como las copias de seguridad y demás respaldos electrónicos existentes