Temen colapso financiero por nueva ley eléctrica

Ello porque las modificaciones a la ley afectarán gravemente a todos los generadores privados

Ciudad de México / El Universal Las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica pueden provocar un “colapso” en aquellas instituciones financieras mexicanas que financiaron proyectos energéticos, dijo el presidente de la Comisión de Energía de la Con-federación de Cámaras Industriales (Concamin), Régulo Salinas. Durante el Panel de Energía de la American Society, Salinas expuso que si los generadores no pueden despachar energía porque primero entrarán las plantas de Comisión Federal de Electricidad (CFE) entonces no tendrán recursos para pagar los créditos. Ello porque las modificaciones a la ley afectarán gravemente a todos los generadores privados porque el orden de despacho da “preferencias” a centrales de generación de CFE, aunque estas son más contaminantes y caras. Dijo que precisamente los altos costos de generación de electricidad en México obligaron a la industria a instalar sus propias plantas generadoras “para competir contra extranjeros que compran su energía a la mitad del precio en el país”. Por ello a la fecha el 14% del PIB se abastece con electricidad generada bajo ese esquema de autoabastecimiento, y cancelaciones arbitrarias de estos permisos afectarían a los consumidores de diversos sectores pagando una energía más cara”.

PREOCUPA A CONTADORES TERMINOLOGÍA EN REFORMA DE OUTSOURCING

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) externó su preocupación por el alcance de las normas con la terminología contenida en la reforma a la subcontratación. Señalaron que dado los castigos severos ante el incumplimiento, son fundadas las inquietudes expresadas. “Hay una gran preocupación que no abona para el sano crecimiento de los negocios”, afirmó en conferencia de prensa la presidenta del IMCP, Diamantina Perales. Manifestó que existe inquietud en cuanto a los que están obligados a tener el registro y las distintas fechas en la entrada en vigor que se mencionan en los artículos transitorios. También en la definición de subcontratación para efectos de la Ley Federal del Trabajo y para la legislación fiscal porque, pese a que ambas son similares, inquieta un término, ponderó.