Impactan misiles rusos al peso; enfila dólar a $21

La cotización del petróleo mexicano en los mercados internacionales repuntó 5.13% respecto al cierre del viernes pasado

Ciudad de México / El Universal Los mercados financieros iniciaron la semana reflejando la agudización del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania. La cotización del petróleo mexicano en los mercados internacionales repuntó 5.13% respecto al cierre del viernes pasado, para ubicarse en 115.66 dólares el barril, la cifra más alta desde el 19 de marzo de 2012, cuando se vendió en 115.96 dólares. Con ello, en lo que va del año el precio de la mezcla mexicana habría promediado 84.69 dólares el tonel, 29.59 dólares por arriba de los 55.10 dólares estimados en el presupuesto del gobierno federal para el presente año. Los 115.66 dólares que Pemex cobró este lunes por el petróleo nacional equivalen a 15.42 pesos por litro producido, considerando que cada barril contiene 159 litros y tomando en cuenta el tipo de cambio FIX publicado por el Banxico. El dólar al menudeo se vendió en 21.84 pesos en las ventanillas de los bancos, cifra 1.91% superior al cierre del viernes pasado, su mayor nivel desde principios de diciembre del año pasado. El principal indicador de la Bolsa Mexicana de Valores finalizó la primera jornada de la semana con una baja de 1.89% afectado por el entorno global. La aversión al riesgo se hizo presente cuando el presidente ruso, Vladimir Putin, reiteró que no detendrá la guerra hasta desmilitarizar Ucrania y destituir a su gobierno. "Lo anterior eleva la probabilidad de que empresas privadas sigan saliendo de Rusia y que los gobiernos, principalmente de países europeos y Estados Unidos, impongan nuevas sanciones a Rusia", escribió Gabriela Siller, directora de Análisis Económico Financiero de Banco Base. El WTI, crudo de referencia en Estados Unidos, llegó a 119.40 dólares por barril, monto 3.22% superior a su cotización previa, su precio más alto en más de 13 años, con una revalorización acumulada del 55.1% desde que comenzó el año. El petróleo del Mar del Norte, el Brent, referente para Europa, se vendió en 124.4 dólares, luego de haber llegado a un máximo en el transcurso de la jornada de 130.71 dólares. Los índices accionarios en Estados Unidos cerraron también en terreno negativo, pues los inversionistas muestran temor por un escenario de desaceleración económica como secuela del conflicto entre Rusia y Ucrania.

SAT EMITIRÁ REGLAS PARA EL NUEVO ESTÍMULO FISCAL PARA GASOLINEROS

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitirá las reglas de carácter general que se requieran para la correcta aplicación del estímulo complementario que el gobierno federal otorgará a gasolineros que reduzcan el precio de los combustibles para suavizar el incremento del precio de las gasolinas y el diésel en beneficio de los consumidores. Las reglas están dirigidas a los contribuyentes que se dedican a vender o importar combustibles en el país para ser distribuidos en las estaciones de servicio para que puedan descontar impuestos o pedir una devolución. De acuerdo con el decreto que se publicó en la edición vespertina el pasado viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los contribuyentes o empresarios dedicados a la venta o importación de combustibles, deberán cumplir con los requisitos de control para la aplicación del incentivo que el SAT establezca mediante reglas de carácter general. La secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), informó en el decreto que el monto del estímulo fiscal dirigido a los gasolineros corresponde a la totalidad de litros de combustibles vendidos mensualmente. Podrán acreditar o descontar contra el impuesto sobre la renta (ISR) a cargo de este tipo de contribuyentes, lo que pagarán en las declaraciones provisionales correspondientes al mes en que se llevó a cabo la venta de los combustibles o en la declaración anual del ejercicio. Cuando se opte por aplicar el acreditamiento contra los pagos provisionales propios, el descuento aplicado se considerará como impuesto efectivamente pagado, precisó. Si después de efectuado dicho acreditamiento, existiera una diferencia o éste no se haya aplicado en los pagos provisionales propios, el contribuyente lo podrá descontar contra el impuesto al valor agregado (IVA) del mes de que se trate, en cuyo caso ya no se podrá acreditar en la declaración del ejercicio del ISR. En caso de que después de efectuar el procedimiento existiera un excedente de estímulo acreditable, la SHCP señaló, que el contribuyente podrá solicitar la devolución de dicho saldo, de conformidad con las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita el SAT.