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Legal General


Capacitan a oficiales en Métodos Alternos


Publicación:23-01-2020
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El curso es resultado de los compromisos establecidos en el convenio de colaboración entablado con municipios que integran la Red

Por el bien de que la justicia llegue a todos los lugares, pero sobre todo que se aplique el derecho conforme  lo dictan las leyes, este mes el Instituto de Mecanismos Alternativos capacita a cadetes de Academia de Policía de San Pedro.

Dicho ello en sinergia con el Poder Judicial de Nuevo León, a través del Instituto de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias, dio inicio al curso de formación básica de facilitadores dirigido a los cadetes de la Academia de Policía del municipio de San Pedro Garza García, el cual pertenece a la Red de Mediación Municipal.

El curso es resultado de los compromisos establecidos en el convenio de colaboración entablado con municipios que integran la Red.

El arranque del curso, con el que se dio inicio a la capacitación, estuvo a cargo de la Ingeniero Patricia Isabel de Obeso González, Directora de Prevención Social de la Violencia del municipio de San Pedro Garza García; y de la Mtra. Martha Laura Garza Estrada, Directora del Instituto de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias.

Con la impartición del curso, se trata de capacitar y profesionalizar a los cadetes de la Academia de Policía del municipio, a fin de que estos formen parte del nuevo modelo de la Justicia Cívica, quienes contarán con las técnicas y herramientas para ayudar a la comunidad a resolver sus conflictos y sean coadyuvantes en la prevención y atención del delito, así como en el fomento de la cultura de paz.

En el curso se abordan los temas relacionados a los modelos de mediación, teoría y habilidades comunicacionales, técnicas y habilidades del mediador, manejo de las emociones, redacción de acuerdos, así como simulación de mediación y manejo del conflicto. La capacitación está a cargo de personal del Instituto de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias del Poder Judicial del Estado de Nuevo León.

“Los Métodos alternativos de solución de conflictos son sistemas que brindan a las partes enfrentadas vías alternativas para resolver sus discrepancias sin tener que acudir a los tribunales”.

Algunos de estos métodos denominados MASC, son el arbitraj, la mediación, la conciliación, etc.

Donde estos sistemas —de gran tradición en los países anglosajones— tratan de promover que el hecho de acudir a los tribunales sea el último recurso para resolver cualquier discrepancias o controversia.

“Los métodos son más eficaces, rápidos y baratos que la justicia tradicional. Además, son un medio para desatascar los tribunales de un buen número de asuntos que pueden resolverse por estas vías y que ralentizan la Administración de Justicia en su conjunto”.

“Otra característica importante de estos métodos, que muchas empresas identifican como una gran ventaja, es su carácter confidencial, frente a la publicidad de la justicia ordinaria”.

Aunque, de menor tradición en nuestro país, dichos sistemas están ganando terreno ya que la  Mediación, como por el propio Estado a través de la Ley  busca mejoras.

 El arbitraje es una alternativa a los tribunales, ya que se utiliza para, por ejemplo, publicar documentos y pruebas, tal como hacen los tribunales. La diferencia principal con España es que el arbitraje es un procedimiento más privado que público. De la misma forma que en nuestro país, sin embargo, sus decisiones son firmes y vinculan a las partes, quienes no pueden acudir posteriormente a la Justicia ordinaria.

La mediación cada vez se emplea más en asuntos comerciales, de daños corporales y negligencias médicas. La mediación ofrece a la parte o partes en litigio la posibilidad de llegar a un acuerdo con la ayuda de un tercero independiente, el mediador, sin pasar por los tribunales. Las partes conservan, sin embargo, la posibilidad de acudir a ellos si no están de acuerdo con la solución facilitada.

Los  defensores del pueblo tienen la función de tratar las quejas presentadas por los ciudadanos en relación con los servicios de organismos públicos o de empresas privadas.

La mayoría de los defensores del pueblo reconocidos se rigen por ley. Otros, son sistemas voluntarios no regulados legalmente y creados a iniciativa de los diferentes servicios.

Los órganos  reguladores son órganos creados por ley pero que actúan con independencia del gobierno para desempeñar alguna de las siguientes funciones: inspección, remisión, asesoramiento a terceros, concesión de licencias, acreditación y ejecución.

Además la evaluación imparcial consiste en que un tercero imparcial presenta un dictamen no vinculante sobre el fondo del asunto.

 La conciliación (es similar a la mediación, pero el tercero tiene un papel más intervencionista.

Y el peritaje consiste en acudir a un experto independiente para que decida sobre el asunto.

Además de que se da una investigación imparcial  cual se emplea en casos de complejidad técnica en los que un experto independiente investiga los hechos del asunto y emite un dictamen no vinculante sobre el fondo del litigio.

Así da paso a la mediación y arbitraje  cual produce cuando las partes aceptan la mediación pero solicitan un arbitraje posterior si ésta no da resultado.



« El Porvenir/ Alberto Medina »
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